Aprobado regular el acceso a dependencias municipales en caso de uso de ocultación integral del rostro
La moción del Grupo Municipal VOX para regular el acceso a dependencias municipales en casos de ocultación integral del rostro (niqab, burka u otras prendas equivalentes) se ha aprobado por mayoría.
El portavoz del Grupo Municipal Popular y del equipo de Gobierno, Jesús García-Barroso ha señalado ha señalado que el PP siempre ha postulado la seguridad jurídica como uno de los principios básicos del Estado Derecho “y esa seguridad jurídica se reafirma en el momento en que se va a exigir que exista una identificación de las personas que se acercan a nuestra administración local”.
En su opinión “no es de recibo” que lo que se exige a cualquier tipo de ciudadano “no podamos hacerlo igualmente extensivo aquellas personas que vienen vistiendo una prenda como es el burka y creemos que es una cuestión de seguridad y de legalidad, donde los funcionarios públicos tienen la obligación de identificar a la persona que viene hacer una gestión ante nuestra administración”.
“Son normas básicas de la convivencia social que tienen que respetarse, independientemente de las culturas que nos vengan a visitar”.
Por su parte, el portavoz del Grupo Municipal de VOX, David Moreno, ha dejado claro durante su intervención de la importancia de “garantizar la identificación visual de las personas en edificios públicos por razones de seguridad, prevención de suplantaciones y correcto funcionamiento de los servicios municipales”.
De esta forma, la propuesta de VOX propone como condición de acceso que “el rostro permanezca visible, con independencia de la motivación religiosa, cultural o personal”.
Dicha regulación propuesta se limitará exclusivamente al acceso y uso de instalaciones municipales, ámbito en el que el Ayuntamiento sí tiene competencias, y que no afecta a la vía pública.
“Esta medida responde a una preocupación creciente entre los talaveranos que reclaman mayor seguridad y claridad normativa en los espacios públicos”, ha incidido Moreno.
Otra de las propuestas incluidas en la moción es la prohibición de hacer uso de las piscinas municipales con ropa que no sea propia del baño, usando ropa de calle o prendas que no sean las normalmente usadas para ello.
PUNTOS DE ACUERDO
Se ha aprobado establecer, en el ámbito de las dependencias municipales, una condición funcional de acceso y uso consistente en la necesidad de permitir la identificación visual del rostro por razones de seguridad y verificación de la identidad.
A los efectos de esta regulación, se considerará ocultación integral del rostro aquella producida por prendas o atuendos que impidan total o sustancialmente la identificación facial de la persona, incluyendo, a título meramente enunciativo, el niqab, el burka u otras prendas similares de efecto equivalente.
No se permitirá el acceso o permanencia en dependencias municipales a personas con prendas que oculten total o parcialmente el rostro. Esta condición será aplicable con carácter general, y con independencia del origen, motivación o significado de la prenda.
Quedan excluidos de la aplicación de esta regulación los supuestos debidamente acreditados por razones médicas, motivos de salud pública o exigencias de seguridad laboral.
La presente regulación no resulta aplicable a la vía pública, no se extiende a símbolos o prendas que no oculten el rostro. Encomendar a los servicios jurídicos municipales la redacción y aprobación de un reglamento o norma interna de uso de las dependencias municipales que desarrolle esta regulación, garantizando su publicidad, claridad y correcta aplicación.
Publicar la presente regulación será objeto de publicidad suficiente en accesos y canales municipales.




